Mediante la expedición del Decreto 569 del 23 de Marzo de 2018, el Gobierno Nacional estableció los porcentajes del componente inflacionario no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, y costo o gasto por el año gravable 2017, así como fijo el rendimiento mínimo anual de préstamos entre las sociedades y sus socios por el año gravable 2018.

Así las cosas, para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, no constituye renta ni ganancia ocasional  los siguientes porcentajes por el año gravable 2017:

  1. De las utilidades provenientes de los fondos mutuos de inversión, fondos de inversión y fondos de valores, mutuos de inversión y de valores que sean abonadas en cuenta a las personas naturales, será el 64,21% de los rendimientos financieros percibidos por el fondo.
  2. Los intereses y demás costos y gastos financieros en que hayan incurrido las personas naturales, el 20,21% y para los casos de ajustes por diferencia en cambio y de costos y gastos financieros por concepto de deudas en moneda extranjera será el 59,80%.

En cuanto al rendimiento mínimo anual que se deben generar los prestamos realizados entre socios o accionistas y las sociedades será por el año gravable 2018 el 5,21%.